Recursos administrativos en la Ley 39/2015: alzada, reposición y extraordinario de revisión
Introducción
En el marco del procedimiento administrativo común, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, regula los principales recursos administrativos que puede interponer una persona cuando considera que una resolución administrativa le perjudica. Este tema es crucial en el estudio de oposiciones como Administrativo del Estado, Auxiliar Administrativo del Estado y Gestor de la Administración Civil del Estado. En este blog elaborado por opoadmins, la mejor academia online de oposiciones, analizamos en profundidad y con lenguaje accesible los tres tipos de recursos regulados en esta ley: el recurso de alzada, el recurso potestativo de reposición y el recurso extraordinario de revisión. Además, te proporcionamos una estructura tipo temario para que puedas estudiar de forma clara y eficiente.
1. ¿Qué son los recursos administrativos?
Los recursos administrativos son mecanismos que permiten a los ciudadanos impugnar actos administrativos sin necesidad de acudir directamente a la vía judicial. Están regulados en el Título V de la Ley 39/2015, concretamente en sus artículos 112 a 126.
Finalidad
- Proteger los derechos de los ciudadanos frente a posibles errores o abusos de la Administración.
- Permitir a la propia Administración corregir sus actos sin necesidad de intervención judicial.
2. Principios generales de los recursos administrativos
Artículo 112.1 de la Ley 39/2015
- Contra las resoluciones y actos de trámite que decidan directa o indirectamente el fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable, cabrá recurso.
Tipos de recursos
- Recurso de alzada (artículos 121 y 122).
- Recurso potestativo de reposición (artículo 123).
- Recurso extraordinario de revisión (artículo 125).
Principales características
- Son gratuitos.
- No requieren asistencia letrada.
- Pueden suspender la ejecución del acto impugnado en determinados casos.
3. Recurso de alzada (Artículos 121 y 122)
3.1 Definición
Es el recurso que se interpone contra actos que no ponen fin a la vía administrativa. Se presenta ante el órgano superior jerárquico al que dictó el acto.
3.2 Cuándo procede
- Contra resoluciones que no pongan fin a la vía administrativa.
- Contra actos de trámite cualificados.
3.3 Plazos
- Un mes desde la notificación del acto.
- Si es un acto presunto (por silencio administrativo): en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
3.4 Resolución
- Plazo máximo: tres meses.
- Transcurrido el plazo sin resolución, se entiende desestimado (silencio negativo).
3.5 Efectos
- La resolución agota la vía administrativa.
- Se puede impugnar en vía contencioso-administrativa.
4. Recurso potestativo de reposición (Artículo 123)
4.1 Definición
Recurso que puede interponerse, con carácter potestativo, contra actos que pongan fin a la vía administrativa, ante el mismo órgano que los dictó.
4.2 Naturaleza potestativa
- No es obligatorio interponerlo para acudir a la vía judicial.
- Si se interpone, no se puede acudir directamente al juzgado hasta que se resuelva o se entienda desestimado.
4.3 Plazos
- Un mes desde la notificación del acto.
- Si es un acto presunto: en cualquier momento a partir del silencio.
4.4 Resolución
- Plazo máximo: un mes.
- Si no hay resolución en ese plazo, se entiende desestimado (silencio negativo).
4.5 Efectos
- La resolución también agota la vía administrativa.
- Se puede interponer recurso contencioso-administrativo contra ella.
5. Recurso extraordinario de revisión (Artículo 125)
5.1 Definición
Es un recurso excepcional que se interpone contra actos administrativos firmes, en casos muy concretos, cuando aparecen circunstancias extraordinarias que justifican su revisión.
5.2 Causas tasadas
- Que al dictar el acto se haya incurrido en error de hecho que resulte del propio expediente.
- Que aparezcan documentos de valor esencial no conocidos en el momento de dictar el acto.
- Que en la resolución hayan influido documentos o testimonios declarados falsos por sentencia judicial firme.
- Que la resolución se haya dictado como consecuencia de prevaricación, cohecho, violencia, maquinación fraudulenta u otra conducta punible, y haya sido declarado por sentencia firme.
5.3 Plazos
- Para el error de hecho: cuatro años.
- Para las otras causas: tres meses desde el conocimiento de los hechos.
5.4 Resolución
- Plazo máximo: tres meses.
- Si no se resuelve en ese plazo: se entiende desestimado.
5.5 Efectos
- Puede llevar a la anulación del acto firme.
6. Cuadro comparativo de recursos administrativos
Tipo de recurso | Procede contra… | Plazo para interponerlo | Órgano competente | Plazo para resolver | Silencio | Agota vía adm.? |
---|---|---|---|---|---|---|
Alzada | Actos que NO agotan la vía administrativa | 1 mes | Órgano superior jerárquico | 3 meses | Negativo | Sí |
Reposición (potestativo) | Actos que SÍ agotan la vía administrativa | 1 mes | Mismo órgano | 1 mes | Negativo | Sí |
Extraordinario revisión | Actos firmes en causas excepcionales | 3 meses o 4 años | Mismo u órgano superior | 3 meses | Negativo | Sí |
7. Relación con otros principios del procedimiento administrativo
- Tutela efectiva (art. 24 CE): El sistema de recursos garantiza que cualquier ciudadano pueda obtener una revisión de los actos que le perjudiquen.
- Legalidad y buena administración: Permite que la Administración pueda corregir sus propios errores.
- Economía procesal: Evita la carga de acudir a los tribunales si la propia Administración puede rectificar.
8. Casos prácticos para opositores
Caso 1: Recurso de alzada
Un ciudadano recibe una resolución de un director general que le deniega una subvención. Como no es un órgano que agote la vía administrativa, el interesado puede interponer recurso de alzada ante el secretario de Estado correspondiente.
Caso 2: Recurso de reposición
Se dicta una resolución por el Ministro, que sí agota la vía administrativa. El interesado puede optar por interponer recurso de reposición ante el propio Ministro o acudir directamente a la vía judicial.
Caso 3: Recurso extraordinario de revisión
Aparece un documento esencial que no se conoció en el momento de dictar una resolución firme de hace dos meses. El interesado puede interponer recurso extraordinario de revisión en el plazo de tres meses desde el descubrimiento del documento.
9. Consejos de estudio para oposiciones
- Memoriza los artículos clave: 121, 123 y 125 de la Ley 39/2015.
- Usa esquemas visuales y cuadros comparativos como el anterior.
- Realiza test de autoevaluación específicos sobre recursos.
- Estudia con el material de opoadmins, la mejor academia online de oposiciones para un aprendizaje efectivo y actualizado.
Conclusión
Los recursos administrativos son un pilar esencial del Derecho Administrativo. Su correcta comprensión te permitirá no solo superar con éxito tus exámenes de oposición para Administrativo del Estado, Auxiliar Administrativo del Estado o Gestor de la Administración Civil del Estado, sino también desenvolverte con solvencia en tu futura labor como funcionario público.