✅ Notificaciones electrónicas en la Administración: claves para opositores – Ley 39/2015
📘 Introducción
Si estás preparando oposiciones para Administrativo del Estado, Auxiliar Administrativo del Estado o Gestión de la Administración Civil del Estado, uno de los temas que debes dominar es el de las notificaciones electrónicas en el procedimiento administrativo. Este contenido, regulado en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP), entra con frecuencia en los exámenes oficiales. Desde opoadmins, la mejor academia online de oposiciones, te traemos esta guía completa, clara y fácil de estudiar sobre este tema. Aquí aprenderás:
- Qué es una notificación en el ámbito administrativo
- Qué requisitos debe cumplir una notificación válida
- Cómo se practican las notificaciones electrónicas
- Qué dice exactamente la Ley 39/2015 (con artículos concretos)
- A quién se notificará electrónicamente de forma obligatoria
- Cuándo se entiende que una notificación está realizada
- Supuestos especiales
- Consejos para memorizar y ejemplos
🧩 ¿Qué es una notificación administrativa?
Antes de entrar en el detalle electrónico, conviene repasar el concepto general. Una notificación administrativa es el acto por el cual la Administración comunica formalmente a un ciudadano o entidad una resolución, acuerdo, requerimiento o cualquier otro acto que le afecte. 📌 Artículo clave: Art. 40 de la Ley 39/2015.
“Los actos administrativos que afecten a los derechos e intereses de los interesados deberán ser notificados a los mismos […] indicando si son o no definitivos en la vía administrativa, los recursos que proceden, órganos competentes y plazos.”
💻 ¿Qué es una notificación electrónica?
La notificación electrónica es una modalidad de notificación que se practica por medios electrónicos, es decir, a través de una sede electrónica, correo certificado electrónico, o mediante el Sistema de Notificaciones Electrónicas (DEHú), entre otros. 🧾 Base legal: Artículos 41 a 45 de la Ley 39/2015. Importante: Esta forma de notificación no solo es válida, sino que en muchos casos es obligatoria, tanto para la Administración como para determinados ciudadanos y empresas.
📑 Requisitos esenciales de toda notificación (Art. 40 LPACAP)
Toda notificación, ya sea en papel o electrónica, debe contener:
- El contenido íntegro del acto (resolución, requerimiento, etc.).
- Indicación de si pone fin a la vía administrativa.
- Recursos que proceden (tipo de recurso, órgano ante el que se interpone y plazo).
- Firma electrónica cuando proceda.
👉 Un error en estos elementos puede hacer que la notificación no sea válida.
🔌 Notificaciones electrónicas: fundamentos legales
📚 Ley 39/2015 – Capítulo II, Sección 2.ª
Las notificaciones electrónicas están reguladas principalmente en los artículos 41 a 45 de la Ley 39/2015.
📍 Artículo 41: Medios de notificación
La notificación se puede realizar:
- Por medios electrónicos, de forma obligatoria o voluntaria.
- Por medios no electrónicos, en ciertos supuestos excepcionales.
Obligatoria por medios electrónicos para:
- Personas jurídicas (empresas).
- Entidades sin personalidad jurídica (comunidades de bienes, etc.).
- Profesionales colegiados para trámites con la administración (abogados, procuradores…).
- Representantes de un interesado obligado a relacionarse electrónicamente.
- Funcionarios y empleados públicos en procedimientos ligados a su actividad.
✅ Esto es esencial para los exámenes de Auxiliar Administrativo del Estado o Administrativo del Estado. Memorízalo con una regla mnemotécnica como “PEPReF” (Personas jurídicas, Entidades, Profesionales, Representantes, Funcionarios).
📍 Artículo 42: Práctica de la notificación electrónica
La notificación se practicará:
- Mediante comparecencia en sede electrónica (acceso por parte del interesado).
- A través de servicios como el DEHú (Dirección Electrónica Habilitada única).
- Puede utilizarse un correo electrónico como aviso, pero nunca sustituye a la notificación válida.
🧠 Importante: la Administración debe enviar un aviso al correo electrónico o al dispositivo móvil del interesado cuando se practique una notificación, pero la falta de este aviso no invalida la notificación.
📍 Artículo 43: Acceso a la notificación
Una notificación electrónica se considera realizada cuando el interesado:
- Accede al contenido de la notificación (fecha del acceso = fecha de notificación).
- O bien transcurren 10 días naturales desde que estuvo disponible en la sede electrónica sin que se acceda: en ese caso se entiende rechazada (con efectos legales).
➡️ Esto se llama “notificación por comparecencia electrónica fallida”.
📍 Artículo 44: Notificaciones infructuosas
Cuando no se pueda realizar la notificación tras intentos razonables, se puede recurrir a:
- Boletines oficiales, tablones electrónicos u otros medios previstos en la ley.
- Esta publicación suple la notificación individual.
📍 Artículo 45: Publicación de actos administrativos
La publicación sustituye a la notificación individual cuando:
- El acto afecta a una pluralidad indeterminada de personas.
- Lo exige una disposición legal o reglamentaria.
- Lo acuerda motivadamente la Administración por volumen o naturaleza del procedimiento.
👉 Este artículo también tiene relación con convocatorias de oposiciones, concursos y otros trámites generales.
💡 Resumen: ¿A quién se notifica electrónicamente de forma obligatoria?
Obligados a relacionarse electrónicamente | ¿Por qué? |
---|---|
Personas jurídicas (S.L., S.A., etc.) | Art. 41.1.a) |
Entidades sin personalidad jurídica | Art. 41.1.b) |
Profesionales colegiados (abogados, etc.) | Art. 41.1.c) |
Representantes legales de los anteriores | Art. 41.1.d) |
Empleados públicos en trámites por razón de cargo | Art. 41.1.e) |
🧠 Trucos para memorizar estos artículos
- Artículo 40: Contenido obligatorio de la notificación.
- Artículo 41: Quién debe ser notificado electrónicamente.
- Artículo 42: Cómo se practica la notificación.
- Artículo 43: Cuándo se considera notificada.
- Artículo 44: Qué pasa si no se puede notificar.
- Artículo 45: Supuestos de publicación.
👉 Puedes usar la regla “C-Q-P-C-N-P” para recordar: Contenido, Quién, Práctica, Cuándo, Notificación fallida, Publicación.
🧾 Ejemplos prácticos de notificaciones electrónicas
Ejemplo 1: Notificación a una empresa
Una S.L. recibe una resolución sancionadora. La notificación se realiza exclusivamente a través de su DEHú. Aunque no la abra, si transcurren 10 días desde que se le puso a disposición, se considera notificada legalmente.
Ejemplo 2: Ciudadano particular
Un ciudadano solicita una ayuda. Al no estar obligado a relacionarse electrónicamente, la Administración le notifica por correo postal certificado.
Ejemplo 3: Empleado público
Un funcionario de carrera recibe una resolución de movilidad. Se le notifica obligatoriamente por medios electrónicos, incluso si no lo ha solicitado así.
🧩 Relación con la transformación digital de la Administración
Estas medidas están en línea con el impulso hacia la Administración electrónica, que busca:
- Mayor agilidad y eficacia.
- Reducción de costes y papel.
- Mejora de la transparencia.
- Accesibilidad para ciudadanos y empresas.
📌 Se conecta directamente con el contenido transversal de la Agenda Digital para España y los planes de digitalización de servicios públicos.
📝 Preguntas tipo test (simulacro de examen)
- ¿Cuál de los siguientes sujetos está obligado a recibir notificaciones electrónicas según la Ley 39/2015?
- a) Un particular sin certificado digital.
- b) Una asociación cultural sin ánimo de lucro.
- c) Un colegio profesional.
- d) Un menor de edad.
Respuesta correcta: c)
- Según el artículo 43 de la Ley 39/2015, una notificación electrónica se considera rechazada cuando:
- a) El ciudadano la abre y la rechaza expresamente.
- b) El sistema devuelve error técnico.
- c) Han pasado 10 días desde su puesta a disposición sin acceder a ella.
- d) El correo electrónico del interesado es incorrecto.
Respuesta correcta: c)
📌 Esquema resumen final (para repasar en 5 minutos)
🔹 Concepto de notificación administrativa → Comunicación formal de un acto que afecta al interesado (Art. 40). 🔹 Notificaciones electrónicas obligatorias (Art. 41) → Personas jurídicas, entidades sin personalidad, profesionales, representantes, funcionarios. 🔹 Práctica de la notificación electrónica (Art. 42) → Sede electrónica, DEHú, aviso opcional por e-mail. 🔹 Plazo para considerar notificada (Art. 43) → Desde acceso o tras 10 días naturales. 🔹 Notificación infructuosa (Art. 44) → Medios alternativos como boletines. 🔹 Sustitución por publicación (Art. 45) → Cuando lo justifique el volumen o se trate de actos generales.
🎓 Conclusión
Dominar las notificaciones electrónicas en el marco de la Ley 39/2015 es fundamental para cualquier opositor que se esté preparando para Administrativo del Estado, Auxiliar Administrativo del Estado o Gestión de la Administración Civil del Estado. Desde opoadmins, la mejor academia online de oposiciones, te recomendamos:
- Leer y subrayar directamente los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015.
- Repasar este tema con esquemas visuales.
- Hacer simulacros con preguntas tipo test reales.
- Entender no solo el “qué”, sino el “por qué” de cada norma.
Y recuerda: entender bien este tema no solo es clave para aprobar, sino también para tu futuro como empleado público en una administración cada vez más digital.