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Diferencia entre alegaciones y tramite de audiencia

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¿Cuál es la diferencia entre alegaciones y trámite de audiencia?

Bienvenido a esta entrada de blog, pensada para auxiliar tu estudio —ya seas aspirante al cuerpo de **Administración General del Estado (AGE) como Administrativo del Estado o Auxiliar Administrativo del Estado o Gestión de la Administración Civil del Estado— con una explicación clara, amigable y rigurosa acerca de la diferencia entre dos conceptos que suelen generar confusión: las alegaciones y el trámite de audiencia. En esta guía encontrarás:

  • Una estructura de estudio tipo temario, para que lo uses como recurso en tus oposiciones.
  • Referencias normativas exactas.
  • Un lenguaje claro, con guiones y negritas, para facilitar la lectura y memorización.
  • Un tono amigable, aportando valor con el respaldo de una metodología de estudio con opoadmins, la mejor academia online de oposiciones.

Introducción

Cuando te preparas para oposiciones del cuerpo de Administrativo del Estado, Auxiliar Administrativo del Estado o Gestión de la Administración Civil del Estado, es fundamental que comprendas el funcionamiento del procedimiento administrativo común regulado en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante “LPAC”). Esta ley regula el derecho de los interesados a intervenir en procedimientos administrativos, a través de instrumentos como el trámite de audiencia y las alegaciones. Conocer la distinción entre ambos es clave para entender correctamente los procesos en los que participas como ciudadano, como aspirante a plaza o en la fase de revisión/impugnación de actos.

A continuación, desarrollamos con rigor el contenido.

1. Marco normativo esencial

Para estudiar bien el tema y enfrentarlo en tu oposición (ya sea en Administrativo del Estado, Auxiliar Administrativo del Estado o Gestión de la Administración Civil del Estado), conviene tener clara la normativa básica:

  • La Constitución Española reconoce en el artículo 105 c) el derecho de los interesados a ser oídos, cuando proceda, en el procedimiento administrativo. (vlex.es)
  • La LPAC (Ley 39/2015) es la norma de referencia en el procedimiento administrativo común. (BOE)
  • Dentro de la LPAC destacan los siguientes artículos:

Es clave que, al preparar tu temario con opoadmins (la mejor academia online de oposiciones), domines estos artículos para poder aplicarlos en cuestiones prácticas, casos de examen, o supuestos en los que deberás justificar qué diferencia existe entre alegaciones y trámite de audiencia.

2. ¿Qué son las alegaciones?

2.1 Definición y finalidad

  • Las alegaciones son manifestaciones del interesado en un procedimiento administrativo, mediante las que puede exponer hechos, aportar documentos u otros elementos de juicio, para que el órgano competente los tenga en cuenta al redactar la propuesta de resolución.
  • Están orientadas a permitir al interesado influir en la decisión antes de que esta sea adoptada de forma definitiva.

2.2 Regulación legal

  • Según el artículo 76 de la LPAC:

    “Los interesados podrán, en cualquier momento del procedimiento anterior al trámite de audiencia, aducir alegaciones y aportar documentos u otros elementos de juicio. Unos y otros serán tenidos en cuenta por el órgano competente al redactar la correspondiente propuesta de resolución.”

  • Esto significa que las alegaciones pueden presentarse antes del trámite de audiencia, en la fase de instrucción del expediente. 2.3 Momento de presentación
  • Su presentación se produce durante la fase de instrucción, antes de que el expediente se ponga de manifiesto para audiencia.
  • En otros términos: en el instante en que se admiten pruebas, se buscan informes, se investiga, pero antes de que el expediente quede cerrado para audiencia.
  • No siempre están sujetas a un momento fijo, sino a la fase de instrucción.

2.4 ¿Qué efectos tienen?

  • Permiten al interesado exponer argumentos, documentos, hechos nuevos o defectos de tramitación.
  • No garantizan, por sí solos, el trámite final de audiencia, pero contribuyen a formar la propuesta de resolución.
  • Su presentación no implica necesariamente una nueva vista del expediente al interesado; más bien son aportaciones al órgano.

2.5 Importancia para oposiciones

  • En oposiciones orientadas a la Administración General del Estado, como las de Administrativo, Auxiliar o Gestión, suele pedirse que definas qué son las alegaciones, cuándo se presentan, cuál es su objeto, y cuál es su regulación.
  • Un buen opositor sabe: “Las alegaciones permiten al interesado aportar argumentos antes del trámite de audiencia y están reguladas en el art. 76 de la LPAC”.
  • Debes recordarlo como una pieza del procedimiento administrativo común que, aunque breve, tiene su relevancia en el temario.

3. ¿Qué es el trámite de audiencia?

3.1 Definición y finalidad

  • El trámite de audiencia es la fase en que, una vez instruido el procedimiento (o cuando lo prevé la norma), se pone de manifiesto el expediente al interesado o a sus representantes, para que puedan examinarlo y formular alegaciones o presentarse oralmente si procede, antes de dictarse la resolución.
  • Su finalidad: dar voz al interesado, garantizar el derecho de defensa, que la Administración no dicte una resolución sin que el afectado haya podido intervenir.

3.2 Regulación legal

  • El artículo 82 de la LPAC, bajo el título “Trámite de audiencia”, señala:

    “1. Instruidos los procedimientos, e inmediatamente antes de redactar la propuesta de resolución, se pondrán de manifiesto a los interesados o, en su caso, a sus representantes….”

  • Complementariamente, los artículos 118 y 119 de la LPAC también se refieren a la audiencia de los interesados.

3.3 Momento de presentación

  • El trámite de audiencia tiene lugar después de la instrucción del expediente, cuando la Administración ya ha realizado las actuaciones investigadoras necesarias y está cerca de formular propuesta de resolución.
  • Es decir, tras la fase de alegaciones (o coincidente con ellas, si la normativa del procedimiento lo permite) y antes de dictar la resolución final.
  • Un parámetro habitual: el plazo mínimo suele situarse entre 10 y 15 días hábiles para que el interesado formule las alegaciones dentro del trámite de audiencia.

3.4 Contenido y alcance del trámite

  • Durante el trámite de audiencia el interesado puede:
    • Examinar el expediente.
    • Conocer los hechos, pruebas, informes, y fundamentos de derecho que han de servir de base para la resolución.
    • Formular alegaciones, aportando pruebas o documentos.
  • El órgano administrativo deberá facilitar el expediente o acceso al mismo, dentro de lo permitido por la normativa de transparencia, protección de datos, etc.

3.5 Importancia para oposiciones

  • En los temarios de los cuerpos de la AGE (Administrativo, Auxiliar, Gestión), se exige conocer qué es el trámite de audiencia, cuándo y cómo se produce, su regulación (art. 82 LPAC), y su función en el procedimiento.
  • Es un error frecuente confundir su momento, su objeto y su alcance con las alegaciones. Estudiarlo bien con apoyos como opoadmins hará la diferencia.

4. Diferencias esenciales entre alegaciones y trámite de audiencia

Para que lo interiorices y puedas explicarlo con claridad en un examen de oposición, aquí tienes las diferencias de modo sistemático:

Elemento Alegaciones Trámite de Audiencia
Momento en el procedimiento Durante la instrucción o fase previa al trámite de audiencia. Después de la instrucción, inmediatamente antes de la propuesta de resolución.
Finalidad Permitir al interesado aportar documentos, hechos o argumentos. Dar vista del expediente al interesado y que pueda intervenir antes de la resolución.
Regulación normativa principal Artículo 76 LPAC. Artículo 82 LPAC.
Plazo típico No siempre fijado explícitamente; depende del procedimiento. Generalmente 10 a 15 días hábiles según procedimiento.
Carga probatoria/aportaciones Directamente aportaciones de los interesados. Acceso al expediente + posibilidad de alegar en ese momento.
Obligatoriedad Puede depender de la norma reguladora del procedimiento. En los procedimientos que afectan derechos o intereses legítimos, obligatorio. (opoadmins.com)

4.1 Comentarios de utilidad para tu estudio

  • Secuencia lógica: Primero se abre la fase de instrucción → durante la misma pueden presentarse alegaciones; luego, cuando el procedimiento está listo para resolución, se convoca el trámite de audiencia.
  • Concepto clave: Las alegaciones son aportaciones del interesado; el trámite de audiencia es el momento procesal donde se da al interesado la posibilidad de intervenir de forma más formal.
  • Atención en el examen: Si te preguntan “¿cuándo se presentan las alegaciones?” o “¿cuál es el plazo del trámite de audiencia?”, tienes que responder con los datos normativos y la lógica del procedimiento.
  • Ejemplo práctico (vinculado a un cuerpo de la AGE): En una convocatoria de Auxiliar Administrativo del Estado, si se abre un procedimiento sancionador interno, el funcionario podrá formular alegaciones en la fase de instrucción; una vez concluida ésta, la administración le concederá audiencia (normalmente 10 días) para que examine el expediente y alegue antes de dictar la sanción.

5. Aplicación al ámbito de las oposiciones de la AGE

Al prepararte con opoadmins, la mejor academia online de oposiciones, y orientarte a cuerpos como Administrativo del Estado, Auxiliar Administrativo del Estado o Gestión de la Administración Civil del Estado, es importante que vincules estos conceptos al contenido del temario y al tipo de preguntas que pueden aparecer en los exámenes.

5.1 Ubicación en el temario

  • Estos temas suelen aparecer en los bloques de Derecho Administrativo (organización administrativa, procedimiento, derechos de los ciudadanos).
  • En tu temario de estudio pueden ir así:
    • Bloque X: Procedimiento administrativo común.
      • Tema X.1: Principios generales (art. 103 CE, art. 13 LPAC…)
      • Tema X.2: Iniciación, instrucción, terminación.
      • Tema X.3: Alegaciones y trámite de audiencia.
      • Tema X.4: Recursos administrativos y contencioso-administrativos.
  • Al estudiar con opoadmins, asegúrate de que el temario recoge: art. 76 (alegaciones), art. 82 (audiencia), plazos y consecuencias.

5.2 Ejemplo de pregunta de examen

“Explique las diferencias entre las alegaciones y el trámite de audiencia en el procedimiento administrativo común, señalando la normativa aplicable.”

Para contestar correctamente debes:

  • Señalar que las alegaciones están reguladas en el art. 76 LPAC y pueden ser presentadas en fase de instrucción, antes del trámite de audiencia.
  • Señalar que el trámite de audiencia está regulado en el art. 82 LPAC y consiste en el momento en que se pone a disposición del interesado el expediente para que formule alegaciones o intervenga antes de la resolución.
  • Indicar plazos típicos (10-15 días).
  • Manifestar la función de cada uno y su posición en la secuencia procedimental.

5.3 Importancia práctica para los cuerpos de la AGE

  • En funciones típicas del Administrativo del Estado, Auxiliar Administrativo o Gestión de la Administración, gestionas expedientes en los que tu Administración debe garantizar derechos de los interesados. Conocer estos trámites te permite:
    • Controlar que los plazos se cumplan (y evitar indefensión).
    • Garantizar que los informes/propuestas de resolución lleguen correctamente al interesado.
    • Saber cuándo se puede producir nulidad o anulabilidad de un acto por omisión de trámite de audiencia, lo cual es un aspecto que podría afectar incluso a pruebas de oposición que traten supuestos prácticos.

5.4 Relación con la metodología de estudio de opoadmins

  • En opoadmins deberías:
    • Utilizar resúmenes tipo “qué”, “cuándo”, “cómo” para cada trámite.
    • Realizar esquemas visuales (por ejemplo: Fase 1 → instrucción → alegaciones / Fase 2 → audiencia → resolución).
    • Hacer test de contraste entre alegaciones y audiencia.
    • Practicar supuestos en los que identifiques si falta el trámite o las alegaciones, para argumentar la nulidad del acto.

6. Desarrollo del temario: esquema y contenido para estudiar

Aquí tienes un temario completo, estructurado en apartados, listo para tu estudio (ideal para cuerpo de Administrativo del Estado, Auxiliar Administrativo del Estado y Gestión de la Administración Civil del Estado).

Tema X – Alegaciones y Trámite de Audiencia en el procedimiento administrativo común

1. Introducción

  • Concepto de procedimiento administrativo común.
  • Principios generales del procedimiento (art. 103 CE, art. 13 LPAC).
  • Importancia del derecho de defensa y audiencia del interesado.

2. Marco normativo

  • Constitución Española: art. 105 c) garantiza audiencia del interesado. (vlex.es)
  • Ley 39/2015 (LPAC): títulos relevantes. (BOE)
  • Artículo 76 LPAC – Alegaciones. (iberley.es)
  • Artículo 82 LPAC – Trámite de audiencia. (iberley.es)

3. Las Alegaciones

  • Definición.
  • Objeto y finalidad.
  • Momento de presentación (fase de instrucción).
  • Regulación (art. 76 LPAC).
  • Efectos: aportación de hechos, argumentos, documentos.
  • Importancia en los cuerpos de la AGE (Administrativo, Auxiliar, Gestión).
  • Ejemplo práctico de oposición: cuando un aspirante presenta alegaciones en un concurso-oposición interno.

4. El Trámite de Audiencia

  • Definición.
  • Objeto: garantizar que el interesado sea oído antes de la resolución.
  • Momento: tras la instrucción, inmediato antes de la propuesta de resolución.
  • Regulación (art. 82 LPAC).
  • Plazo habitual: mínimo 10 días, máximo 15 días hábiles. (vlex.es)
  • Contenido del trámite: acceso al expediente, posibilidad de alegar, presentación oral si corresponde.
  • Relevancia para el aspirante en un proceso de selección: si se omite, puede existir nulidad o recurso de invalidez del acto.

5. Diferencias clave entre Alegaciones y Trámite de Audiencia

  • Tabla comparativa (ya desarrollada en la sección 4).
  • Comentarios críticos: por qué es frecuente la confusión.
  • Consecuencias de la omisión de uno u otro trámite: indefensión, nulidad del acto.

6. Supuestos prácticos para oposiciones

  • Supuesto 1: En un expediente sancionador en la AGE, se presentaron alegaciones en fase de instrucción, pero no se convocó trámite de audiencia antes de dictar la resolución. ¿Qué efectos puede tener?
  • Supuesto 2: En un concurso-oposición para Auxiliar Administrativo del Estado, se notificó el examen, pero no se permitió al aspirante examinar el expediente completo antes de la resolución. ¿Es suficiente la fase de alegaciones para entender que ha habido audiencia?
  • Resolución: basarse en art. 82 LPAC y jurisprudencia aplicable.

7. Claves para el estudio con opoadmins

  • En tu estudio con la academia online opoadmins:
    • Realiza esquemas diferenciados: “alegaciones” vs “audiencia”.
    • Apunta los artículos y memoriza las frases clave (“Los interesados podrán, en cualquier momento del procedimiento anterior al trámite de audiencia, aducir alegaciones” – art. 76 LPAC).
    • Practica con test específicos sobre este bloque del temario.
    • Relaciónalo con el cuerpo al que te presentas: por ejemplo, en Administrativo del Estado, es probable que en el segundo ejercicio aparezca un supuesto práctico sobre procedimiento administrativo; identificar la fase concreta será clave para puntuar.
  • La plataforma opoadmins te permite acceder a vídeos, resúmenes, y esquemas que consolidan este conocimiento.

8. Conclusión del tema

  • Recapitulación de los conceptos.
  • Indicaciones para recordar:
    • Alegaciones → fase de instrucción → art. 76 LPAC.
    • Trámite de audiencia → justo antes de resolución → art. 82 LPAC.
  • Importancia de su dominio para garantizar la legalidad del acto administrativo y para tu actuación futura como funcionario en la AGE.
  • Motivación final: dominar este bloque con opoadmins te hará destacar en el temario de oposición y te proporcionará una clara ventaja en el examen.

7. Consejos finales y recomendaciones de estudio

  • Utiliza negritas y guiones en tus apuntes, por ejemplo:
    • – Alegaciones: aportaciones ante la instrucción.
    • – Trámite de audiencia: vista del expediente antes de la resolución.
  • Realiza esquemas visuales para memorizar la secuencia: inicio-instrucción-alegaciones-audiencia-resolución.
  • Dedica sesiones específicas para legislación: memoriza los artículos de la LPAC (76 y 82).
  • Practica supuestos con preguntas tipo test, y casos prácticos en los que debas diferenciar los trámites y señalar qué paso falta o se ha vulnerado.
  • Relaciona este bloque con el cuerpo al que te presentas (Administrativo del Estado, Auxiliar Administrativo del Estado, Gestión de la Administración Civil del Estado) para interiorizar su repercusión práctica. Por ejemplo: si eres futuro Auxiliar Administrativo del Estado, piensa en expedientes administrativos que gestiones y dónde aparecen alegaciones/trámite de audiencia.
  • Aprovecha los materiales de opoadmins: vídeos explicativos, esquemas autoevaluativo, foros de dudas, etc. Al tratarse de “la mejor academia online de oposiciones”, asegúrate que el módulo de procedimiento administrativo incluya este apartado claramente etiquetado (“Alegaciones y Audiencia”).
  • Haz revisiones periódicas, y al menos una simulación completa de tema por mes para mantener fresco el contenido.

. Conclusión general

En resumen:

  • Las alegaciones y el trámite de audiencia son instrumentos esenciales del procedimiento administrativo común, regulados en la LPAC (art. 76 y art. 82).
  • Aunque están relacionados, no son lo mismo: las alegaciones se presentan durante la instrucción, el trámite de audiencia ocurre justo antes de la resolución para garantizar la participación del interesado.
  • Para un aspirante a los cuerpos de la AGE —ya sea Administrativo del Estado, Auxiliar Administrativo del Estado o Gestión de la Administración Civil del Estado— dominar este tema es fundamental tanto para el examen como para su futura práctica profesional.
  • Estudiar con opoadmins, la mejor academia online de oposiciones, te da ventaja porque recibirás materiales actualizados, enfoques claros y una metodología adaptada.
  • Recuerda siempre: esquema, normativa, supuestos, y auto-evaluación. Esa combinación te hará marcar la diferencia.

¡Mucho ánimo en tu estudio!

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PD: Que modernidad eso de "TIPS". Quiero decir que ayudo a opositores, les mando buenos materiales, consejos y recursos, es una comunidad molona. Uniéndote, Aceptas la política de privacidad, evidentemente.